De acuerdo al artículo 66 del Decreto 1165 de 2019, Todas las Sociedades autorizadas como Comercializadoras Internacionales deben presentar a través del aplicativo informático VUCE el “Informe Anual y/o Actualización de Proveedores y Clientes del Exterior” , para cumplir con los lineamientos de la Circular 001 de 2023
Esta información se debe actualizar por lo menos una vez al año hasta el 30 de noviembre de cada vigencia, sin perjuicio de actualizar la información cuando ocurra alguna novedad sustancial.
ASDATI recuerda a sus usuarios del Software AngelNet C.I. cumplir con esta obligación;
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